La Unión Europea ha dado un paso decisivo para el sector tras la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea del Reglamento Delegado (UE) 2025/1449, que reconoce oficialmente la validez de la congelación en salmuera a –18 °C como proceso seguro para el atún destinado a consumo directo.
Este avance supone un cambio normativo histórico, al incorporar a la legislación europea un procedimiento cuyo reconocimiento ha sido objeto de trabajo y defensa durante años por parte del sector y de diversas instituciones técnicas. El camino hasta esta aprobación ha requerido, en primer lugar, demostrar que la congelación en salmuera a –18 °C es técnicamente viable y garantiza la seguridad del producto; y, posteriormente, establecer con claridad las condiciones bajo las cuales este proceso puede aplicarse de forma controlada y verificable.
Un proceso técnicamente sólido y respaldado por evaluaciones rigurosas
La congelación en salmuera a –18 °C es un método capaz de alcanzar temperaturas de seguridad en el interior del pescado cuando se aplica siguiendo procedimientos definidos, monitorizados y validados. Su reconocimiento normativo es el resultado de un trabajo continuado en el que se han recopilado datos, evaluado resultados en distintos escenarios, optimizado tecnología y fundamentado científicamente la eficacia del proceso. Todo ello ha permitido demostrar que, bajo condiciones controladas y verificadas, este sistema puede aplicarse de forma segura y sistemática para la obtención de atún destinado a consumo directo.
Participación activa de PEVASA en la consecución de este reconocimiento
PEVASA ha desempeñado un papel especialmente relevante en la obtención de este avance normativo. Desde el principio, la compañía ha defendido la validez y seguridad de la congelación en salmuera a –18 °C, aportando estudios, registros, análisis independientes y documentación operativa que han contribuido de manera directa a sustentar la actualización regulatoria, la cual recoge y ordena este conocimiento técnico para establecer un marco regulatorio claro y coherente.
Entrada en vigor: 27 de enero de 2026 y establecimiento de la lista positiva de buques
El Reglamento Delegado (UE) 2025/1449 entrará en vigor el 27 de enero de 2026.
A partir de esa fecha, solo podrán comercializar atún congelado en salmuera para consumo directo aquellos buques incluidos en una lista positiva oficial, que reconocerá a las unidades —tanto de bandera europea como no europea— que hayan demostrado su capacidad para alcanzar y mantener temperaturas de –18 °C mediante procedimientos validados.
Esta lista será el punto de referencia para las autoridades competentes y para el sector, garantizando que únicamente los buques con procesos evaluados y aprobados puedan operar en esta vía de mercado.
El nuevo marco normativo:
- Establece criterios comunes y homogéneos para todos los operadores.
- Refuerza la transparencia y los controles oficiales.
- Asegura que solo se comercialice producto procedente de procesos validados.
- Incrementa la confianza del consumidor en la seguridad y trazabilidad del atún destinado a consumo directo.
Compromiso de PEVASA con un modelo seguro, competitivo y de futuro
La aprobación de este Reglamento supone un reconocimiento directo al esfuerzo realizado por armadores, tripulaciones y equipos técnicos comprometidos con la excelencia operativa. En este contexto, PEVASA reafirma su apuesta por un modelo productivo sólido, seguro y competitivo, sustentado en la ciencia, la innovación tecnológica y el cumplimiento de los más altos estándares de calidad.
PEVASA continuará impulsando mejoras y contribuyendo activamente al desarrollo de prácticas que fortalezcan el futuro del atún destinado a consumo directo en Europa.